
Demanda solicita nueva revisión ambiental del Programa Federal de Gestión del Carbón
El 25 de noviembre de 2014, Amigos de la Tierra y la Organización Occidental de Consejos de Recursos, con el apoyo de la Fundación de la Familia Paul G. Allen, presentaron una demanda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia para exigir a la Oficina de Administración de Tierras del Departamento del Interior de EE. UU. que elaborara una Declaración de Impacto Ambiental Programática complementaria para el Programa Federal de Gestión del Carbón. Como parte de dicho programa, la BLM administra más de 309 concesiones en 10 estados. El carbón extraído bajo este programa se quema en centrales eléctricas para producir electricidad, lo que contribuye aproximadamente al 14 % del total anual de emisiones de gases de efecto invernadero de EE. UU.
El Ley de Política Ambiental Nacional requiere que las agencias federales realicen evaluaciones ambientales de cada acción federal importante que afecte significativamente la calidad del medio ambiente humano. Para programas federales como el programa de arrendamiento de carbón, Se deben realizar evaluaciones ambientales separadas, tanto a nivel de proyecto como de programa. Una evaluación ambiental programática analiza los problemas y preocupaciones ambientales a nivel general de política o programa, y puede orientar el alcance de las decisiones posteriores y las acciones federales propuestas para sitios o proyectos específicos. Si surgen nuevas circunstancias o información significativa que sean relevantes para los impactos ambientales de una acción federal propuesta una vez completada la declaración de impacto ambiental, la agencia debe preparar una Declaración de Impacto Ambiental Suplementaria del proyecto o programa.
En 1979, la Oficina de Administración de Tierras realizó una Declaración de Impacto Ambiental Programática para el Programa Federal de Gestión del Carbón, en la que identificó el calentamiento global como un problema con implicaciones potencialmente importantes para el programa de arrendamiento de carbón y prometió realizar una declaración complementaria “cuando las condiciones cambien lo suficiente como para requerir nuevos análisis de los impactos [nacionales e interregionales]”.”[1] La declaración se actualizó en 1985 para tener en cuenta los cambios en el mercado del carbón y las condiciones ambientales regionales, pero no mencionó el calentamiento global ni el cambio climático.[2]
En los 35 años transcurridos desde la última Declaración de Impacto Ambiental Programática, la comprensión científica del cambio climático, incluyendo la contribución de la combustión de combustibles fósiles como el carbón, ha avanzado significativamente. Desde 1985, la concentración promedio de dióxido de carbono en la atmósfera ha... aumentó alrededor del 18 por ciento, y científicos de todo el mundo Estamos de acuerdo en que las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de la actividad humana, como la quema de carbón, están causando el cambio climático. En Estados Unidos, el carbón es la mayor fuente de generación de electricidad. 32 por ciento de las emisiones de dióxido de carbono relacionadas con la energía en 2013.
Nuestro queja Español cargos que la Oficina de Administración de Tierras ha fallado, en violación de la Ley Nacional de Política Ambiental, para complementar su Declaración de Impacto Ambiental Programática de 1979 para evaluar el impacto del cambio climático de las emisiones de gases de efecto invernadero resultantes del Programa Federal de Administración del Carbón. Si bien la Oficina de Administración de Tierras realiza revisiones de la Ley Nacional de Política Ambiental para arrendamientos de carbón individuales, un análisis de un arrendamiento individual no puede analizar el efecto sobre el cambio climático de todo el programa de arrendamiento de carbón. La demanda solicita que el tribunal (1) declare que la Oficina de Administración de Tierras está en violación de sus deberes bajo la Ley Nacional de Política Ambiental; (2) ordene a la Oficina de Administración de Tierras que complemente la Declaración de Impacto Ambiental Programática para el Programa Federal de Administración del Carbón, incluyendo un análisis de los efectos directos e indirectos acumulativos del Programa sobre el cambio climático y de políticas alternativas para reducir dichos impactos; y (3) prohíba a la Oficina de Administración de Tierras considerar o emitir nuevos arrendamientos de carbón o modificaciones de arrendamientos hasta que se complete una Declaración de Impacto Ambiental Programática suplementaria.
[1] US BLM, Declaración ambiental final: Programa Federal de Gestión del Carbón (abril de 1979), págs. 3-9.
[2] US BLM, Suplemento final de la Declaración de Impacto Ambiental para el Programa Federal de Arrendamiento de Carbón (1985), SCI/TD/195/C58/U541/1985/v.1, pág. 15.
Crédito de la foto: http://greenpeaceblogs.org/wp-content/uploads/2013/04/GP04EGI-600×288.jpg.
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